Establece los límites máximos permisibles de contaminantes para las aguas residuales tratadas que se reúsen en servicios al público.
En el caso de que el servicio al público se realice por terceros, éstos serán responsables del cumplimiento de la presente Norma, desde la producción del agua tratada hasta su reusó o entrega, incluyendo la conducción o transporte de la misma.
Tipo de Agua: Agua Residual | Agua tratada
Autoridad Competente : CONAGUA
Nivel de Gobierno: Estatal y Municipal
Frecuencia: Según título de Concesión